Instituto Vial Provincial (IVP)
Instituto Vial Provincial (IVP)
El IVP es un organismo público descentralizado, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera, creada por Ordenanza Municipal.
Funciones
- Programar, Concertar, ejecutar y supervisar el Plan Vial Rural para la Provincia de Sucre, teniendo como unos de sus objetivos principales establecer una priorización de los caminos vecinales que deben ser constituidos, rehabilitados y mantenidos.
- Mantener actualizado la relación, en orden de prioridad, de los caminos rurales que precisan de la rehabilitación y mantenimiento rutinario, lo cual abarcara a todos los distritos que se encuentren dentro del ámbito de operaciones del Instituto Vial Provincial.
- Operar como un Órgano Técnico Operativo de gestión para la ejecución de las diversas obras viales de la zona y consecuentemente rehabilitación, mantenimiento y operatividad.
- Gestionar, concertar y administrar los recursos provenientes del Gobierno Central, Gobierno Regional, entidades privadas, entidades cooperantes y de las Municipalidades que participen en su creación, para destinarlos en forma concertada al tratamiento de las vías priorizadas.
- Coordinar la ejecución de la inversión que efectué el sector público y privado en las redes viales comprendidas dentro de la jurisdicción de las municipalidades distritales que integren la Municipalidad Provincial de Sucre.
- Someter a consideración del Comité Directivo para su aprobación, el Plan Vial Provincial Participativo y el Presupuesto Anual de Inversión y Operación, por fuentes de financiamiento.
- Ejecutar y supervisar el Plan Vial Participativo, el Presupuesto Anual y Plan de Adquisiciones.
- Suscribir Contratos y autorizar el pago de: Ejecución de Obras, Estudios, Supervisiones, Mantenimiento Rutinario y Adquisición de Bienes y Servicios.
- Representar al Instituto Vial Provincial ante todo tipo de entidades públicas y privadas, administrativas, judiciales y de cualquier índole.
- Suscribir previa aprobación del Comité Directivo, Convenios y Contratos con Entidades Públicas y Privadas.